¿Qué trabajadores gozan de fuero y estabilidad laboral reforzada?

Según el Código del Trabajo, el fuero laboral es un privilegio de protección que otorga la ley a algunos trabajadores, y que, consiste en la imposibilidad, de parte del empleador, de despedir al trabajador sin contar, previamente, con una autorización judicial.

El fuero laboral no aplica para todos los trabajadores, esta condición especial solo la tienen algunos trabajadores que, por su situación o estado de vulnerabilidad, la ley los ampara y no pueden ser despedidos, salvo con la autorización de un juez y, siempre y cuando, cumpla con las causales que la ley dispone.

En ese sentido, los trabajadores que tienen o pueden gozar de fuero laboral son:

  • Mujeres embarazadas
  • Delegados del personal
  • Directores de los Comité Paritario
  • Delegados sindicales
  • Candidatos a directores de un sindicato
  • Directores sindicales

¿Qué tipos de fuero existen?

Habiendo dejado claro lo que es un fuero y que trabajadores lo tienen, presentamos a continuación los diferentes tipos de fuero que existen:

  • Fuero por maternidad.
  • Fuero por cuidado personal de un niño.
  • Fuero por actividad sindical.
  • Fuero por muerte del cónyuge, del conviviente civil o de un hijo.
  • Fuero por servicio militar.

¿Cuánto dura el fuero laboral?

Según dictamina el Código del Trabajo en su artículo 201, la mujer embarazada tiene derecho a fuero laboral por maternidad desde el momento que se entera de su estado de gestación, es decir desde el inicio del embarazo, hasta pasado un año de terminado el periodo postnatal.

El periodo postnatal de una embarazada contempla 12 semanas después del parto, o, lo que es lo mismo, 3 meses. Por lo que la duración total del fuero laboral maternal vendría a ser de 15 meses después del parto, o, lo que es igual, 1 año y 3 meses.

En el caso del fuero laboral para los dirigentes sindicales, el mismo tiene un tiempo de duración que va desde su elección y hasta 6 meses después de la fecha de cese en el cargo

Por su parte, los trabajadores que gocen de fuero laboral por negociación colectiva, disfrutaran de este beneficio de protección desde los 10 días previos a la presentación de la propuesta de contrato colectivo hasta 30 días después de la suscripción de la misma.

¿Cuánto dura el fuero del comité paritario?

De acuerdo con el Código de Trabajo en su artículo 243, en cada Comité Paritario de Higiene y Seguridad establecido en una empresa, un miembro de sus representantes titulares del gremio de trabajadores puede gozar del beneficio de fuero laboral.

El fuero laboral del Comité Paritario tiene una duración que comprende hasta el término de su mandato como representante de los trabajadores, generalmente 2 años. No obstante, si el trabajador que cuenta con fuero está contratado a plazo fijo, o por obra o labor determinada, el fuero tendrá una extensión hasta la culminación de su contrato.

Este trabajador aforado que cumplirá como representante del Comité Paritario es designado mediante una elección realizada por sus iguales, quienes, de manera unánime, le concederán el cargo. Dicha decisión debe ser comunicada por escrito al empleador el siguiente día laboral después de la designación.

¿Quién tiene derecho a fuero sindical?

Los trabajadores que sean candidatos al directorio de la organización sindical podrán gozar del beneficio de fuero laboral desde que sea comunicado al empleador, por escrito, la fecha en que deberá realizarse la elección y hasta que esta se lleve a cabo.

Para gozar del derecho a fuero sindical se debe cumplir con algunos requisitos indispensables, además de ser candidato al directorio del sindicato. Entre esos requisitos se encuentran, ser mayor de 18 años de edad y no haber sido condenado ni estar procesado por crimen o delito simple que amerite pena.

¿Si cuento con fuero laboral, no pueden despedirme bajo ningún concepto?

Si bien es verdad que, el fuero laboral es una medida de protección para evitar el despido de determinados trabajadores, la misma tampoco es una medida absoluta; pues, el empleador también podría solicitar judicialmente un desafuero o autorización de un juez para proceder con el despido de un trabajador aforado.

Para ello, el empleador debe tener unas causales válidas, las cuales son únicamente establecidas por la ley; solo así podrá solicitar la autorización judicial o desafuero para un trabajador.

Dentro de las causales válidas para la solicitud de desafuero se encuentran:

  • Vencimiento del plazo convenido para el contrato.
  • Culminación del trabajo, obra o servicio por el que fue contratado.
  • Si el trabajador incurre en alguna de las conductas que ameritan despidos, las cuales están bien establecidas en la ley y el Código del Trabajo.

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